PARTICIPA
¿De qué se trata el Menú Participa?
¿Cuáles son las secciones que lo integran?
a. Publicación temas de interés.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
b. Caja de herramientas.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
c. Herramienta de evaluación.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
d. Divulgar resultados.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
a. Porcentaje del presupuesto para el proceso.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
b. Habilitar canales de interacción y caja de herramientas.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – TelepaciLa Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
c. Publicar la información sobre las decisiones.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
d. Visibilizar avances de decisiones y su estado (semáforo).
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
a. Tema de consulta (normas, políticas, programas o proyectos) y resumen del mismo.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
b. Habilitar canales de consulta y caja de herramientas.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
c. Publicar observaciones y comentarios y las respuestas de proyectos normativos.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
d. Publicar la propuesta elegida y los criterios para su selección.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
e. Divulgar el plan de trabajo para implementar la solución diseñada.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
f. Publicar la información sobre los desarrollos o prototipos.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
a. Disponer un espacio para consulta sobre temas o problemáticas.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
b. Convocatoria con el reto.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
c. Informar retos vigentes y reporte con la frecuencia de votaciones de soluciones en cada reto.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
d. Publicar la propuesta elegida y los criterios para su selección.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
e. Divulgar el plan de trabajo para implementar la solución diseñada.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
f. Publicar la información sobre los desarrollos o prototipos.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
- Habilitar un espacio para que la ciudadanía postule temáticas:
- Estrategia de comunicación para la rendición de cuentas
- Calendario eventos de diálogo
- Habilitar un canal para eventos de diálogo Articulación con sistema nacional de rendición de cuentas
- Preguntas y respuestas eventos de diálogo
- Memorias de cada evento
- Acciones de mejora incorporadas
a. Informar las modalidades de control social.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
b. Convocar cuando inicie ejecución de programa, proyecto o contratos.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
c. Resumen del tema objeto de vigilancia.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
d. Informes del interventor o el supervisor.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
e. Facilitar herramienta de evaluación de las actividades.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
f. Publicar el registro de las observaciones de las veedurías.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
g. Acciones de mejora.
La Sociedad Televisión del Pacífico Limitada – Telepacifico es una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se encuentra exenta de ejercer principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, conforme a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1757 DE 2015, Artículo 50, parágrafo y la Ley 1474 de 2011, articulo 78, teniendo en cuenta que no tenemos el carácter de entidades y organismos de la Administración Pública.
¿Cómo se puede participar?
La sociedad Televisión del Pacifico limitada- Telepacifico cuenta con los siguientes medios de participación
Presencial:
Punto de Atención al ciudadano
Presencial: Calle 5A # 38A-14, Piso 3. (Santiago de Cali, Valle del Cauca)
Horarios de atención:
Lunes a jueves 8:00 a.m. a 12 m. y 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Viernes 8:00 a.m. a 12 m. y 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Código Postal: 760042
Líneas Telefónicas: PBX: +57 (2) 5184000
Horarios de atención:
Lunes a jueves 8:00 a.m. a 12 m. y 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Viernes 8:00 a.m. a 12 m. y 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Virtual:
Sitio web: www.telepacifico.com
PQRS: PQRS – Telepacífico (telepacifico.com)
Redes Sociales:
Facebook: https://es-la.facebook.com/TelepacificoTV/
Twitter: @TelepacificoTV
Youtube: @TelepacificoTV
Correo Electrónico:
Correo electrónico institucional: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Correo electrónico para notificaciones judiciales: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
b. Mecanismos de Participación Ciudadana en Telepacifico
Audiencia Pública de Rendición de Cuentas: Es uno de los espacios para la rendición de cuentas, de encuentro y reflexión final sobre los resultados de la gestión de un periodo, en el cual se resumen temas cruciales para la interlocución y deliberación colectiva con la ciudadanía. Excepción de las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta: Las Empresas Industriales y Comerciales y Sociedades de Economía Mixta fueron exceptuadas en la Ley de rendir cuentas a la ciudadanía siguiendo la metodología establecida por el Gobierno Nacional en el Manual Único de Rendición de Cuentas, debido a la actividad comercial que realizan en mercados competitivos; es decir, que desarrollan actividades comerciales en competencia con el sector privado nacional o internacional o en mercados regulados. Sin embargo, estas empresas, deberán rendir cuentas a la ciudadanía, estableciendo una metodología acorde a sus características y tomando como referencia los principios generales establecidos en el MURC.
Rendición de Cuentas: Como expresión de control social comprende acciones de información, diálogo e incentivos, buscando adoptar un verdadero proceso permanente de interacción entre nuestros servidores públicos y demás entidades, con los ciudadanos y con los actores interesados en la gestión y sus resultados. Con este ejercicio buscamos la transparencia en la gestión en aras de lograr la adopción de los principios de Buen Gobierno, transparencia y acceso a la información pública. Es importante tener en cuenta que Telepacífico como Entidad pública debe rendir cuentas a la ciudadanía; sin embargo, en su calidad de empresa Industrial y Comercial del Estado –EICE-, no está obligada a seguir los términos y condiciones previstos en el artículo 78 de la Ley 1474 de 2011, haciendo referencia a la aplicación del Manual Único de Rendición de Cuentas, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales.
ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN:
FERIA DE TRANSPARENCIA: Telepacífico participa cada año en la Feria de Transparencia de la Gobernación del Valle del Cauca; Este espacio de interlocución con la ciudadanía permite informar sobre los resultados y la gestión realizada en la vigencia que está culminando; así mismo, se atienden requerimientos y sugerencias de la ciudadanía sobre el ejercicio de gestión de nuestro Canal regional.
DIALOGOS VALLECAUCANOS: Telepacífico en la actual administración 2020-2023 participa en los diálogos Vallecaucanos constituyéndose en otro espacio de interlocución, donde la comunidad expresa abiertamente las necesidades, siendo estas priorizadas para ser expuestas a través de un vocero de forma pública en los conversatorios, liderados por la Gobernadora del Valle del Cauca, Clara Luz Roldán, y en los que participan el equipo de gobierno (del cual hace parte Telepacífico como ente descentralizado), las autoridades municipales y la comunidad en general.
Denuncia: Según el Código de Procedimiento Penal —Ley 906 de 2004—, toda persona debe denunciar a la autoridad los delitos de cuya comisión tenga conocimiento y que deban investigarse de oficio, estableciendo que se puede denunciar de forma verbal, escrita o por cualquier medio técnico que permita la identificación del autor.
Petición o derechos de petición: Es aquel derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma. Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo.
Queja: Cualquier expresión verbal, escrita o en medio digital de insatisfacción con la conducta o la acción de los servidores públicos o de los particulares que llevan a cabo una función estatal y que requiere una respuesta. (Las quejas deben ser resueltas, atendidas o contestadas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación).
Reclamo: Cualquier expresión verbal, escrita o en medio digital, de insatisfacción referida a la prestación de un servicio o la deficiente atención de una autoridad, es decir, es una declaración formal por el incumplimiento de un derecho que ha sido perjudicado o amenazado, ocasionado por la deficiente prestación o suspensión injustificada del servicio. (Los reclamos deben ser resueltos, atendidos o contestados dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación).
Sugerencia: Cualquier expresión verbal, escrita o en medio digital de recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto mejorar los servicios, racionalizar el empleo de los recursos o hacer más participativa la gestión pública. (En un término de diez (10) días hábiles se informará sobre la viabilidad de su aplicación)
Trámite: Conjunto o serie de pasos o acciones reguladas por el Estado, que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la ley. El trámite se inicia cuando ese particular activa el aparato público a través de una petición o solicitud expresa y termina (como trámite) cuando la administración pública se pronuncia sobre éste, aceptando o denegando la solicitud.
Consultas verbales o escritas: Petición que se presenta a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones y competencias. El plazo máximo para responderlas es de 30 días.
Información sobre los mecanismos, espacios o instancias del Menú Participa de Telepacifico
EL CANAL TIENE PARTICIPACIÓN EN:
CONSEJO DE GOBIERNO DE LA GOBERNACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA
COMITÉ DEPARTAMENTAL DE AUDITORIA DEL VALLE DEL CAUCA
MESA INTERINSTITUCIONAL DE TRANSPARENCIA DEL VALLE DEL CAUCA
c. Estrategia de participación ciudadana
Estrategia de participación ciudadana
d. Publicar la Estrategia anual de rendición de cuentas.
Publicar la Estrategia anual de rendición de cuentas
e. Publicar el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano (PAAC).
Planes – Telepacífico (telepacifico.com)
f. Publicación de informes de rendición de cuentas generales.
Informes de rendición de cuentas – Telepacífico (telepacifico.com)
g. Convocatorias para la participación de la ciudadanía y grupos de valor en los espacios, instancias o acciones que ofrece la entidad.
Convocatorias – Telepacífico (telepacifico.com)
h. Calendario de la estrategia anual de participación ciudadana.
Calendario de la estrategia anual de participación ciudadana.
CALENDARIO DE ACTIVIDADES – Telepacífico (telepacifico.com)
i. Formulario de inscripción ciudadana a procesos de participación, instancias o acciones que ofrece la entidad.
j. Canal de interacción deliberatoria para la participación ciudadana.
PQRS – Telepacífico (telepacifico.com)
Encuesta de Participación Ciudadana
A través de las líneas telefónicas (5184000 o 5184098) para la participación directa en los programas de televisión de Telepacifico.
A través de la participación de los televidentes en el programa Defensor del Televidente (Asi nos Ven).
Encuesta para televidentes